En la tercera semana de julio de 2026 la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) activó un módulo nuevo dentro del Sistema de Facturación Electrónica: el reporte de facturas atípicas. Es apenas natural que un cliente entre en pánico si ve una de sus facturas señalada ahí, o que te escriba preguntando si eso significa que ya lo va a fiscalizar la DIAN. Explicarle con calma qué es esta alerta (y qué no es) es justamente tu trabajo como contador.
En este artículo te explicamos qué es el reporte de facturas atípicas, dónde se consulta, cómo lo construye la DIAN, cuáles son las razones más comunes por las que una factura cae ahí, y qué hacer cuando le aparece una a tu cliente. Aplica tanto a emisores como a adquirentes de facturas electrónicas, sean personas naturales o jurídicas.
Tips clave
- El reporte de facturas atípicas es una alerta, no una sanción: que una factura aparezca en el reporte no implica automáticamente una irregularidad.
- Se consulta en el Sistema de Facturación Electrónica, no en la Zona Transaccional: está en el menú Histórico, junto a los documentos enviados y recibidos.
- La DIAN aún no ha publicado un manual con los parámetros exactos: la información que muestra el módulo es referencial y puede variar.

¿Qué es el reporte de facturas atípicas y cuándo se habilitó?
Es un módulo nuevo del Sistema de Facturación Electrónica que muestra las facturas electrónicas que los sistemas de analítica e inteligencia artificial de la DIAN identificaron como inusuales o alejadas del comportamiento esperado del contribuyente. Se habilitó en la tercera semana de julio de 2026, en la misma semana en que la DIAN liberó también el reporte de terceros del año gravable 2025.
¿Dónde se consulta dentro del Sistema de Facturación Electrónica?
No está en la Zona Transaccional, donde se consulta la exógena. Se encuentra en el portal del Sistema de Facturación Electrónica, dentro del menú Histórico, junto a “Documentos enviados” y “Documentos recibidos”, en un módulo llamado exactamente Reporte de Facturas Atípicas.

¿Cómo identifica la DIAN qué facturas son atípicas?
A través de tableros, cruces de información y modelos de inteligencia artificial que analizan el comportamiento habitual de cada NIT dentro del sistema de facturación regulado por la Resolución 000165 de 2023. Hasta hoy, la DIAN no ha publicado un manual que detalle todos los parámetros o umbrales exactos que usa el módulo, así que la información que muestra es referencial y puede variar.
¿Cuáles son las razones más comunes por las que una factura cae en el reporte de atípicas?
Veamos las razones con casos reales que podrían presentarse:
Caso 1. Valor excepcionalmente alto frente al comportamiento habitual del NIT
Un consultor independiente factura en promedio $2.000.000 mensuales por asesorías, y en junio emite una única factura de $100.000.000 a una empresa nueva por un proyecto especial. La factura queda señalada por el salto frente a su comportamiento histórico.
¿Por qué la marca la DIAN? Porque sus modelos de analítica comparan cada factura contra el promedio histórico de facturación de ese mismo NIT, y una desviación tan grande frente a ese promedio activa la alerta automáticamente (el sistema no sabe), hasta que alguien lo revisa, que se trata de un proyecto puntual y no de una operación irregular.
El contador debe pedir el contrato u orden de servicio que sustente el valor (así se haya firmado en un formato simple), confirmar que el alcance y los entregables correspondan al monto facturado, y verificar que la retención en la fuente se practicó a la tarifa correcta según honorarios. Si el salto obedece a un proyecto puntual y no recurrente, conviene dejar una nota interna con la explicación, lista para mostrarla si la DIAN pregunta más adelante.
Caso 2. Cantidad o frecuencia inusual de documentos
Un negocio que emite entre 5 y 6 facturas al mes pasa a emitir 150 en una sola semana, coincidiendo con una feria comercial en la que participó por primera vez.
¿Por qué la marca la DIAN? Porque el módulo monitorea la frecuencia y el volumen de documentos emitidos por cada NIT en períodos cortos, y un salto tan pronunciado frente al patrón habitual de ese contribuyente activa la alerta, sin distinguir todavía si el aumento responde a un evento real o a una posible facturación irregular.
El contador debe documentar el evento puntual que explica el salto (fechas, lugar, tipo de feria) y confirmar que cada factura tenga un adquirente identificado correctamente, sin errores de sistema que dupliquen registros bajo “consumidor final”. Conviene además cruzar el total facturado esa semana contra los movimientos bancarios del mismo período, para confirmar que el ingreso reportado coincide con lo efectivamente recibido.
Caso 3. La operación no corresponde con el perfil económico registrado
Un contribuyente inscrito en el RUT con actividad de diseño gráfico emite una factura por la venta de maquinaria pesada.
¿Por qué la marca la DIAN? Porque el sistema cruza el tipo de bien o servicio facturado con la actividad económica y el código CIIU registrados en el RUT del emisor, y una operación que no encaja con ese perfil histórico rompe el patrón esperado para ese NIT, así la venta sea perfectamente real.
El contador debe indagar primero si el cliente realmente diversificó su actividad (en cuyo caso hay que actualizar el RUT con el código CIIU correspondiente antes de seguir facturando bajo ese concepto) o si se trató de un error al seleccionar la categoría del ítem en el sistema de facturación, que debe corregirse con la nota respectiva. En cualquiera de los dos casos, conviene reunir el soporte comercial (contrato u orden de compra) que explique la operación.
Caso 4. Factura potencialmente duplicada o sin correspondencia económica
La misma factura de un proveedor aparece registrada dos veces, con fechas de emisión distintas, por un reenvío técnico del proveedor.
¿Por qué la marca la DIAN? Porque sus cruces de información detectan dos documentos con datos muy similares (mismo proveedor, valor y conceptos parecidos) registrados en fechas distintas, y el sistema lo interpreta como un posible registro repetido o sin una correspondencia económica clara detrás.
El contador debe comparar el número de factura, el CUFE (código único de factura electrónica) y el valor entre ambos documentos para confirmar si corresponden a la misma operación. Si es un duplicado real, se anula o se genera la nota crédito sobre uno de los dos, dejando trazabilidad de cuál queda vigente, y se verifica que en la contabilidad el gasto o el ingreso se haya causado una sola vez. Ante la duda, lo más seguro es contactar directamente al tercero emisor para que confirme cuál documento es el válido.
Caso 5. El documento quedó asociado a un NIT que amerita revisión
Una empresa emite una factura a nombre de un tercero cuyo RUT figura cancelado desde hace varios meses.
¿Por qué la marca la DIAN? Porque el sistema cruza el NIT del tercero contra su estado en el RUT, y un documento asociado a un NIT cancelado, inactivo o sin movimiento reciente rompe el patrón esperado de una relación comercial activa, independientemente de si la operación en sí misma fue real.
El contador debe verificar el estado actual del NIT en el RUT antes de seguir operando con ese tercero. Si la operación es real y reciente, hay que pedirle al proveedor el soporte de por qué aparece con ese estado (puede tratarse de un trámite de cancelación en curso o de un error de la DIAN) y dejar esa aclaración documentada. Si se confirma que el tercero ya no existe legalmente, lo prudente es suspender operaciones con él y evaluar si las operaciones pasadas requieren algún ajuste contable.
Recuerda que estas señales no significan que exista una irregularidad; significan que hay que revisar.
¿Qué significa y qué no significa que a tu cliente le aparezca una factura señalada?
Que a un cliente le aparezca una factura en este reporte no es motivo de alarma. No significa automáticamente que exista una inconsistencia; es una alerta para que el emisor o el adquirente revise y valide esa operación puntual, y permite corregir errores antes de que llegue una revisión formal de la DIAN. Tampoco reemplaza las facultades ordinarias de fiscalización de la entidad: es un filtro adicional, no un sustituto.
¿Qué debes hacer como contador ante una factura señalada como atípica?
- Revisa con detalle la factura señalada y compárala contra la información contable y los soportes disponibles.
- Si hay un error o una diferencia real, corrígela o documenta por qué la operación sí es coherente con la actividad del cliente.
- Mantén los soportes al día; eso protege al cliente si algún día debe sustentar la operación ante la DIAN.
Fórmula práctica: tres preguntas antes de reaccionar a una factura atípica
Estas son tres preguntas clave que como contador debes hacerte ante este reporte:
- ¿La operación corresponde a la actividad económica real del cliente? Si no encaja con su RUT ni con su historial, documenta el porqué.
- ¿El valor o la frecuencia tienen un soporte que los explique? Un contrato, una orden de compra o un correo pueden bastar.
- ¿La factura está duplicada o mal registrada? Verifica el número, la fecha de emisión y el NIT antes de asumir un error de fondo.
¿Qué pasa si la factura señalada sí tiene un error de fondo?
Si al revisar confirmas que hay un error real (no solo una señal referencial), ese documento sigue sujeto al régimen general de sanciones del sistema de facturación: la no transmisión en debida forma da lugar a la sanción del artículo 651 del Estatuto Tributario; expedir sin el cumplimiento de los requisitos, a la del artículo 652; y no expedir la factura, a la del artículo 652-1. Ninguna de estas sanciones nace del reporte de facturas atípicas en sí mismo: nacen de la irregularidad de fondo, si la hay. Por eso corregir a tiempo, antes de que llegue un requerimiento, sigue siendo la mejor estrategia.
¿Qué recomendaciones clave ayudan a evitar errores en la facturación?
Los cinco casos que contextualizamos tienen algo en común: casi siempre nacen de procesos desorganizados, no de mala fe. Estas son las prácticas que más ayudan a prevenirlos, antes de que la DIAN tenga que señalarlos:
- Mantén el RUT actualizado con la actividad económica real: si tu cliente diversifica lo que vende o presta, el código CIIU debe reflejarlo antes de facturar bajo ese concepto.
- Usa un solo maestro de clientes y proveedores: evita crear el mismo tercero varias veces con datos ligeramente distintos; eso multiplica el riesgo de inconsistencias.
- Verifica el CUFE antes de reenviar o corregir un documento: un reenvío técnico sin control es la causa más común de facturas duplicadas.
- Documenta las operaciones fuera de lo habitual en el momento en que ocurren: un contrato, una orden de compra o un correo son más difíciles de reconstruir meses después.
- Concilia mensualmente lo facturado contra lo contabilizado y lo recaudado: las diferencias se detectan y se corrigen más fácil cuando el periodo contable sigue abierto.
- Revisa periódicamente el estado de tus terceros frecuentes en el RUT: un proveedor que canceló su registro sin que te enteres puede seguir apareciendo en tu facturación.
¿Cómo ayuda ITS Software a evitar que tus clientes terminen en el reporte de facturas atípicas?
Varias de las razones más comunes por las que una factura cae en este reporte (duplicados, datos de terceros inconsistentes, información dispersa entre la facturación y la contabilidad) tienen el mismo origen: procesos desorganizados o manuales. Con ITS Software, la facturación electrónica y la contabilidad de tu cliente operan sobre la misma base de datos, lo que ayuda justamente a reducir ese tipo de riesgos y a responder rápido cuando sí aparece una alerta:
- Contabilización automática de cada factura electrónica emitida o recibida, sin doble digitación que genere registros duplicados o datos cruzados entre terceros.
- Bloqueo de períodos contables ya cerrados, para que un registro validado no se altere después de haber sido reportado.
- Generación automática de los formatos de información exógena y de certificados de retención, directamente desde la operación registrada durante el año, sin reconstruir información al cierre.
- Ficha única de clientes y proveedores, con un solo NIT por tercero, para no reportar el mismo dato con variaciones que llamen la atención de la DIAN.
- Acceso en la nube a facturas, soportes y libros contables desde cualquier lugar, para reunir en minutos lo que necesites frente a una factura señalada.
Si quieres que la facturación y la contabilidad de tu cliente queden organizadas desde el origen, antes de que la DIAN tenga que preguntar, puedes agendar una demo de ITS Software.
Preguntas frecuentes sobre el reporte de facturas atípicas
Te compartimos 5 respuestas rápidas sobre este reporte:
¿El reporte de facturas atípicas reemplaza la fiscalización tradicional de la DIAN?
No. Es un filtro adicional basado en analítica e inteligencia artificial; las facultades ordinarias de fiscalización de la DIAN siguen operando igual.
¿Una factura atípica pierde validez o deja de servir como soporte fiscal?
No por el simple hecho de aparecer señalada. Si la operación es real y está bien soportada, la factura conserva su validez como costo, deducción o impuesto descontable.
¿El reporte aplica solo a facturas de valores altos?
No. El valor alto es una de las 5 razones más comunes, pero también puede activarse por frecuencia inusual, por el perfil económico del NIT o por posibles duplicidades, sin importar el monto.
¿Con qué frecuencia debería revisar este reporte para mis clientes?
Es buena práctica revisarlo de forma periódica, especialmente para clientes con facturación variable o con operaciones fuera de lo habitual en el mes.
¿En qué se diferencia del reporte de terceros de la DIAN?
El reporte de terceros se construye con la exógena que otros le reportan a la DIAN sobre tu cliente; el reporte de facturas atípicas analiza directamente las facturas electrónicas que tu cliente emitió o recibió. Son alertas independientes, aunque ambas se activaron la misma semana de julio de 2026.
Referencias normativas
- Presidencia de la República. (1989, 30 de marzo). Decreto 624 – Estatuto Tributario Colombiano.
- Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. (2023). [DIAN]. Resolución 000165.
Autor

Lina María Galindo López
Contadora Pública, egresada de la Universidad del Valle y estudiante de posgrado en Marketing Digital & E-commerce en la Universidad Icesi. Su sólida trayectoria incluye colaboraciones en portales contables líderes de Colombia en la generación de contenido editorial y digital. En su página linagalindocontadora.com, aporta valor directo: asesoría en renta y obligaciones tributarias para personas naturales; acompañamiento contable y estratégico para empresas; recursos, formación y contenido especializado para contadores; y estrategias de contenido con posicionamiento digital para marcas contables y blogs. Así, fusiona rigor normativo y tácticas digitales para impulsar el crecimiento de contadores, empresarios y marcas en un entorno regulatorio con constantes cambios.