La factura electrónica es aquella emitida por un computador o un equipo POS; para que esta sea legal debe cumplir con los requerimientos de la norma:

· Utilizar el formato electrónico de generación XML estándar establecido por la DIAN.

· Llevar numeración consecutiva autorizada por la DIAN

· Cumplir requisitos del 617 ET y discriminar el impuesto al consumo cuando sea del caso.

· Incluir firma digital o electrónica para garantizar autenticidad e integridad y no repudio de la factura electrónica, de acuerdo con la política de firma adoptada por la DIAN.

· Incluir el Código Único de Factura Electrónica CUFE

Además de la factura electrónica, a través de este sistema se puede expedir:

  1. Nota Débito: Documento mediante el cual la empresa le carga un valor adicional al cliente, en una factura ya expedida por un error de transcripción, intereses por mora, o cualquier otra situación en la que incurra un incremento al valor facturado.
  2. Nota Crédito: Documento mediante el cual la empresa descarga un valor al cliente, en una factura ya expedida, por un error de despacho de mercancía daño o devolución en ella.
  3. Acuse de Recibido: Documento que certifica el recibido de la factura electrónica.

BENEFICIOS DE LA FACTURA ELECTRÓNICA

· Permite solucionar con mayor facilidad las consultas del cliente, ya que los documentos estarán sistematizados.

· Elimina el riesgo de pérdida del documento físico

· Ahorro en costos de impresión, envío y almacenamiento.

· Contribuye a la preservación del medio ambiente

· Mejora sus procesos administrativos

En Colombia la factura electrónica está regulada por el decreto 2242 expedido el 24 de noviembre de 2015 por el ministerio de hacienda.

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